¡YO TAMBIÉN!

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La discapacidad está en los ojos de quien la ve, y no de quien la siente...PABLO PINEDA

lunes, 30 de mayo de 2011

SERVICIO DE APOYO PEDAGOGICO

SERVICIO DE APOYO PEDAGÓGICO


El acompañamiento de los procesos y funciones del Comité de Inclusión seran acompañados en nuestra Institución por la Maestr@ de Apoyo Pedagógico. Este profesional, nombrado por la Secretaría de Educación es la persona líder encargada de jalonar y consolidar los procesos de Inclusión de la Diversidad, así mismo como velar por el buen funcionamiento del Comité de Inclusión.

Las funciones y responsabilidades de este Docente de Apoyo Pedagógico, son las que establece la ley en su Decreto 366, de Febrero 9 de 2009. Es de anotar que la institución entiende y asume  las directrices que respecto a las funciones y desempeño de este profesional, determina la ley antes citada y velará porque sus funciones se cumplan con todas las garantías que ello requiere.


Tal como lo define el decreto 366 de Feb. 9 de 2009 en su artículo # 10, se reconocen que las funciones de este profesional son las siguientes:

RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES GENERALES DEL PERSONAL DE APOYO PEDAGÓGICO ACTUALMENTE VINCULADO.
El personal de planta de las entidades territoriales certificadas que actualmente se encuentre asignado como apoyo pedagógico deberá dedicarse exclusivamente al cumplimiento de las funciones que se establecen en el presente decreto, en particular las siguientes:
1.      Establecer procesos y procedimientos de comunicación permanente con los docentes de los diferentes niveles y grados de educación formal que atiendan estudiantes con discapacidad o con capacidades o con talentos excepcionales para garantizar la prestación del servicio educativo adecuado y pertinente.
2.      Participar en la revisión, ajuste, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Institucional (PEI) en lo que respecta a la inclusión de la población con discapacidad o con capacidades o con talentos excepcionales.
3.      Participar en el diseño de propuestas de metodologías y didácticas de enseñanza y aprendizaje, flexibilización curricular e implementación de adecuaciones pertinentes, evaluación de logros y promoción, que sean avaladas por el consejo académico como guía para los docentes de grado y de área.
4.      Participar en el desarrollo de actividades que se lleven a cabo en el establecimiento educativo relacionadas con caracterización de los estudiantes con discapacidad o con capacidades o con talentos excepcionales, la sensibilización de la comunidad escolar y la formación de docentes.
5.      Gestionar la conformación de redes de apoyo socio-familiares y culturales para promover las condiciones necesarias para el desarrollo de los procesos formativos y pedagógicos adelantados en los establecimientos educativos.
6.      Articular, intercambiar y compartir, experiencias, estrategias y experticia con otros establecimientos de educación formal, de educación superior y de educación para el trabajo y el desarrollo humano de la entidad territorial.
7.      Elaborar con los docentes de grado y de área los protocolos para ejecución, seguimiento y evaluación de las actividades que desarrollan con los estudiantes que presentan discapacidad o capacidades o talentos excepcionales y apoyar a estos docentes en la atención diferenciada cuando los estudiantes lo requieran.
8.      Presentar al rector o director rural un informe semestral de las actividades realizadas con docentes y con estudiantes con discapacidad o con capacidades o con talentos excepcionales y los resultados logrados con estos estudiantes, para determinar las propuestas de formación de los docentes, los ajustes organizacionales y el tipo de apoyos requeridos por los estudiantes que deben gestionarse con otros sectores o entidades especializadas.
9.      Participar en el consejo académico y en las comisiones de evaluación y promoción, cuando se traten temas que involucren estas poblaciones.


OBSERVACIÓN


(Algunas de estas funciones no se han podido ejecutar debido al proceso de identidad   por el que atraviesa la institución



La prestación del Servicio de Apoyo Pedagógico se dará en ambas  jornadas de forma alterna, con horarios flexibles de acuerdo a la necesidad de la prestación del servicio. La Institución dispondrá de los espacios requeridos para tales fines y brindará las garantías de privacidad para las asesorías requeridas.

Adicionalmente, el material didáctico existente será manejado por el Maestro de Apoyo, facilitando los recursos al personal de ambas jornadas  a través de un sistema de préstamo de material. 


OBSERVACIÓN


(Sin material disponible)


Acciones Institucionales que tienden a la sensibilización y concientización de la comunidad educativa en torno a la inclusión de:
Para la primera semana de Octubre o la tercera, se desarrollará la Semana Institucional de la Inclusión de la Diversidad. El docente de Apoyo será el responsable de impulsar y proponer oportunamente ante el Comité de inclusión la propuesta inicial de trabajo para tal semana. La ejecución del programa de esta semana será una responsabilidad de todos los miembros del Comité de inclusión y demás miembros de la comunidad educativa que sean asignados.


OBSERVACIÓN


(El mes y la semana es de carácter tentativo, en espera de formación del comité.)

a.   Promulgación de manifiesto por la Inclusión de la Diversidad:

El manifiesto estará expuesto en lugar de acceso público al ingreso de la Institución Educativa. Cada inicio del Año escolar, durante las primeras dos semanas, el Maestro de Apoyo presentará ante el Cuerpo Directivo y Docente la propuesta de trabajo para que los estudiantes en cada grupo realicen  una declaración de compromiso de los estudiantes y los grupos en conjunto, inspirados en el Manifiesto Institucional. Dicha declaración  referida a la aceptación de todos los miembros de su grupo, del respeto a las diferencias de cada uno y el compromiso de darse apoyo entre ellos mismos, especialmente a todos aquellos que pudieran presentar más limitaciones para alcanzar el éxito escolar, haciéndolo parte del conjunto de compromisos de convivencia que los alumnos usualmente hacen al principio de cada año.


b.   Campañas bimestrales y/o semestrales

El docente de Apoyo diseñará y presentará al Comité de Inclusión las propuestas respectivas para estas campañas bimestrales o semestrales para su aprobación inicial y su presentación posterior a todos los estamentos respectivos para su ejecución.   Se espera que, al menos, se  realicen como mínimo dos campañas en el año . Las temáticas deberán girar en torno a los ejes y nociones conceptuales y sobre las problemáticas y desafíos que implican un enfoque inclusivo de la diversidad en el contexto de la instituciones educativas oficiales.

c.    Cartelera Institucional sobre la Diversidad


 Estará a cargo del Comité de Inclusión. Este Comité coordinara con el Maestro de Apoyo el manejo y la asignación de tareas respectivas para su uso y actualización regular según defina el Comité.



d.   Definición de tipo de apoyos y acompañamiento para familias y docentes


La regulación de las funciones del Maestro de Apoyo Pedagógico establecidas en el Decreto 366 y presentadas en sección anterior, no establece la realización de Apoyos individuales a esta Población. La razón de esto obedece al cambio de enfoque epistemológico y metodológico en la atención a estas poblaciones, donde se reconoce que para una verdadera inclusión, el apoyo debe de dirigirse a las familias y a los maestros que los atienden.

Pese a ello, se abre la posibilidad de que el Maestro de Apoyo de la Institución realice intervenciones puntuales en los casos más severos que así lo ameriten, evaluadas las condiciones de vulnerabilidad y discapacidad. El Comité de inclusión será el ente regulador de la prestación de este servicio.  Entendiendo que el Maestro de Apoyo no tiene dentro de sus funciones realizar refuerzos, recuperaciones o similares, la prestación de esta clase de atención será establecida de manera discrecional por el Comité  previa discusión y análisis de cada caso con el Maestro de Apoyo y, en caso de ser necesario, con el Maestro del Estudiante.

Adicionalmente, en los 2 apartados siguientes se establecen las estrategias institucionales que se prestarán para la prestación del Servicio de Acompañamiento a las poblaciones que así lo requieren.



Siendo conscientes que la atención de la población vulnerable exige contar con un personal docente cualificado y sensibilizado en torno a sus propias posibilidades y limitaciones, el  Docente de Apoyo  creará y posibilitará entrenamientos y cualificaciones para todos los miembros de la Comunidad Educativa. Entre las estrategias a utilizar se definen las siguientes:

a.      Capacitación y sensibilización grupal a los docentes

Se define como estrategia permanente de capacitación la realización del al menos 4 sesiones grupales generales a todo el personal docente y administrativo durante el año. Adicionalmente se desarrollarán procesos virtuales de capacitación a través de medios electrónicos. La ejecución de estos procesos estará bajo la responsabilidad del Maestro de Apoyo quien las ejecutará y/o coordinará, previa presentación de las propuestas al comité de Inclusión para su aval. Se podrá adicionalmente traer invitados o profesionales afines con las temáticas propias de la Inclusión Educativa.

b.     Reuniones por niveles a grupos de maestros de todas las áreas

La administración facilitará al Maestro de Apoyo la posibilidad de realizar al menos tres a cuatro reuniones a grupos de Maestros por nivel en los tres primeros bimestres del año. Estos espacios son indispensables en tanto permiten de forma específica intervenir sobre las características y necesidades propias de los docentes o por grado, apoyar la realización de los ajustes curriculares,  ayudando a estructurar sistemas de trabajo integrados entre los mismos maestros y permitiendo la interlocución y diálogo de las problemáticas y experiencias que se vivencian en cada nivel, frente al manejo y  acompañamiento de los estudiantes con barreras para el aprendizaje y/o en Condición de Discapacidad. Estas jornadas de trabajo serán de toda una jornada laboral y deberán incluir no solo los profesores de primaria, sino también del bachillerato.

c.      Entrenamiento individual en citas personalizadas con el Personal de Apoyo Pedagógico:

Este entrenamiento se llevará a cabo de forma individual ejecutado por el Maestro de Apoyo y puede contar con la participación de algún otro miembro del Comité en caso de que así se defina.  Podrá ser motivado o solicitado por cada individuo de manera espontanea y/o podrá ser determinado como una directriz de intervención formulada por el Comité de Inclusión ante el análisis de cada caso. En este sentido, si el entrenamiento y/o asesoría es determinado por el Comité de Inclusión, este ente formulará una citación o invitación por escrito con firma del Rector, tendrá carácter de obligatoriedad para la persona a quien se le  define, sea docente, directivo, padres de familia y/o acudiente.

Cada cita o intervención será reportada al Comité y consignada de forma respectiva en las planillas que para tales fines ha definido la Secretaría de Educación.

d.     Elaboración de módulos o cartillas guía

Será responsabilidad del Maestro de Apoyo estructurar y formular las propuestas de la creación de módulos, cartillas y/o manuales de procedimiento que sea necesario realizar para acompañar los procesos con padres, estudiantes, docentes y comunidad educativa en general.   

Estas herramientas deberán ser presentadas, discutidas y avaladas inicialmente por el Comité de Inclusión. Después de lo cual seguirá su curso en los estamentos que así lo requiera.

e.      Creación de espacios de discusión como foros, paneles y afines:

Será responsabilidad del Maestro de Apoyo y de los miembros del Comité de inclusión proponer la realización de esta clase de eventos para atender a las necesidades que sean identificadas y que requieran intervención, con la invitación de personas especializadas en temas afines. La meta inicial para la aplicación de este proyecto es la de realizar al menos un evento como mínimo por año en los próximos tres años.



f.        Políticas de acompañamiento a docentes:


Políticas formuladas desde el Comité y avaladas por el Rector y/o Consejo Directivo y Académico:

El Comité define como estrategias de intervención específica entendidas como acompañamiento pedagógico para los docentes, entre otras que bien puede definir a futuro, las siguientes:


1)    Visita de Campo del maestro de Apoyo en el Aula de clase

Se define como política Institucional que el Maestro de Apoyo deberá acompañar en el Aula de clase al maestro de grupo para sugerirle formas de intervención que el mismo maestro regular podrá aplicar, sin perjuicio a su libertad de cátedra y sin ninguna motivación policiva o discriminativa frente a los desempeños y estrategias que el maestro de aula regular pueda tener o no.

Este espacio se entiende más como un proceso de cualificación y de facilitación del verdadero modelo de inclusión educativa. Las visitas serán programadas siempre y serán de conocimiento previo del docente, con la firma de su consentimiento informado frente a este procedimiento.

En caso de requerirse, para efectos de acompañamiento solicitado por agentes del sistema de salud, que se presente informes de un estudiante frente a su ambiente de aula, y su grado de desempeño, el maestro de grupo será el primer formulador de dichos informes, los cuales serán ampliados y oficializados pro el Maestro de Apoyo, previo conocimiento del Maestro de aula regular sobre su contenido. 

Adicionalmente, para la realización de las visitas existirá un formato de consentimiento informado (Anexo 7) y, el docente de área  tendrá conocimiento previo del Protocolo de Observación[COCK1]  con los criterios que se tendrán en cuenta para la valoración del caso y para la definición de reportes ó valoraciones pedagógicas, destinadas a orientar el tipo de acompañamiento y adaptaciones curriculares que deberán tomar lugar en cada caso.

En ningún momento las visitas de campo podrán ser utilizadas de forma oculta o abierta para referir informes o similares con fines disciplinarios. Puesto que se entiende que esto no es responsabilidad ni es competencia del Maestro de Apoyo.

Por todo lo anterior, ha de entenderse que las visitas de campo son estrategias indispensables a desarrollar en los grupos donde exista población vulnerable o en situación de discapacidad. En caso de que un docente no desee o esté dispuesto a facilitarlas, deberá considerarse la necesidad de que el estudiante sea cambiado de grupo o salón o que, desde el comienzo de año, se tenga en cuenta esta necesidad  a la hora de asignar el personal en condición de discapacidad a los docentes, previo conocimiento de ellos de estas directrices institucionales.


2)    Espacios de Capacitación especializada

Para los docentes que asuman la responsabilidad de acompañar estudiantes con algún grado de discapacidad específica  o problema en su conducta adaptativa que compromete su éxito escolar, y que requieran del conocimiento de  saberes y estrategias de intervención especializadas para su ejercicio docente, la institución facilitará a estos docentes su participación activa en los eventos, seminarios, capacitaciones y demás invitaciones que se brinde desde la Secretaría de Educación o desde cualquier ente competente.

La asignación de tales posibilidades de capacitación deberá ser avalada y definida por el Comité de Inclusión, ente a quien deberán llegar todas las invitaciones externas que lleguen a la institución.  

3)    Sesiones de asesoría individual en jornada escolar y laboral

Cuando el Comité de Inclusión establezca que un docente deberá presentarse al Servicio de Apoyo Pedagógico para la realización de los procesos de ajuste curricular o cuando éste lo solicite por motivación propia, la Institución, en cabeza de los coordinadores respectivos, facilitarán estos espacios sin restricción a los maestros en su jornada escolar y laboral, sin detrimento ni vulneración de sus espacios personales extra-laborales.
  

4)    Acompañamiento en procesos de Adaptación Curricular

Cada docente de grado que tenga a su cargo un estudiante con Discapacidad diagnosticada, desarrollará los procesos de ajuste y adaptación curricular con base en el formato respectivo (Anexo 6) Aun no se ha socializado por lo tanto no tiene la aprobacion del Consejo Académico . Los ajustes los realizará asesorado y acompañado por el maestro del Servicio de Apoyo Pedagógico. Constancias de estos ajustes deberán ser adjuntadas a la Hoja de Vida del Estudiante y a la carpeta del mismo que reposa en el Servicio de Apoyo. 

5)    Casos Especiales

En todo el periodo escolar, el Comité de Inclusión podrá abordar problemáticas y dificultades que puedan presentarse en el desarrollo de los procesos de inclusión de la población objeto. Esto implica las posibilidades de valorar la necesidad o no, en cualquier momento del año, de hacer cambios en la asignación de alumnos a grupos específicos, trasladando estos alumnos de un salón a otro. Esta decisión obedecerá al análisis y discusión de las posibilidades, limitaciones y disposiciones que tenga el mismo grupo y el docente o docentes  del estudiante con discapacidad ha sido incluido. Deberá entenderse esto como una estrategia para facilitar el progreso de esa población y no como un elemento estigmatizador  para el grupo de compañeros o docentes. Pues se entiende que la Inclusión debe obedecer siempre a las posibilidades y realidades que el contexto puede asumir, sabiendo bien que hay aspectos en estas dinámicas sociales que pueden o no funcionar de forma óptima y oportuna, y que en todo momento se debe buscar salvaguardar el derecho y la integridad de esta población objeto por encima de estas particularidades grupales o individuales.

Es así como se entiende que es parte de la responsabilidad del Comité de Inclusión, valorar de forma sensata las posibilidades reales y las limitaciones que la Institución y su personal tienen, sin violentar  ni forzar procesos sin el convencimiento, compromiso y motivación de todo el personal para estos procesos.   




La Institución Educativa, consciente que el Gobierno  Nacional ha definido por medio del decreto 366 de febrero 9 de 2009, las políticas y funciones del MEN, de los entes territoriales y del personal de apoyo, en lo que respecta a la prestación de los apoyos y ayudas específicas para las poblaciones en condición de vulnerabilidad y discapacidad, y que ha orientado la forma como ha de integrarse las políticas de inclusión y apoyos por medio de los planes de mejoramiento,  se acoge entonces a tales directrices y normas, buscando a la vez incentivar en el personal docente y de apoyo la implementación de estrategias creativas, diversas y flexibles para estas poblaciones, según sus propias capacidades y motivaciones.

Lo anterior implica la posibilidad que la institución acoja propuestas adicionales a las contempladas en la ley para acompañar a estas poblaciones según sus recursos y posibilidades, su talento humano y la creatividad del mismo. En este sentido, se pueden considerar de forma inmediata que, teniendo la institución la presencia de un maestro asignado para la prestación del servicio de Apoyo Pedagógico, la institución puede brindar inicialmente el siguiente tipo de acompañamiento y/o apoyos con las siguientes características: 

ü  Reuniones Generales con Padres de Familia: Se darán las pautas generales del tipo de atención que recibirán, los lineamientos y compromisos.

ü  Reuniones bimestrales con docentes, por niveles: Espacio para planear y recibir orientaciones sobre tipos de estrategias e intervenciones a realizar en el aula de clase.

ü  Planeación y ajustes curriculares por caso: Espacio personalizado para planear los ajustes curriculares y definir competencias mínimas a alcanzar con cada caso.

ü  Observaciones de Campo (Visitas a aulas): Acompañamiento en el aula para analizar desempeño de  los estudiantes, para valorarlo pedagógicamente, para apoyarlo y para determinar posibles estrategias o cambios que se requieran.

ü  Asesorías individuales a padres de familia: Trabajo con padres para capacitarlos en uso de estrategias de apoyo en el ambiente familiar que aporten a los procesos escolares.

ü  Intervenciones individuales a algunos estudiantes: Pese a que el modelo de Inclusión no contempla el desarrollo de apoyos individuales, se plantea la posibilidad de dar atención específica a algunos casos, para intervenir dificultades apremiantes que requieren de ambientes más controlados y cerrados, que faciliten el desarrollo de procesos de pensamiento y que permitan potenciar la posibilidad de alcanzar algunas competencias básicas en el aula de clase. No se tratará de espacios de nivelación o refuerzo.

ü  Formulación de impresiones pedagógicas sobre posibles dificultades o niveles de vulnerabilidad. Tales valoraciones deberán quedar consignadas en las cartillas de seguimiento de cada estudiante que haya sido ingresado al programa de acompañamiento pedagógico.

ü  Remisión de casos especiales a profesionales: Con las impresiones pedagógicas el Maestro de Apoyo realizará las remisiones pertinentes a las  redes de apoyo interinstitucional, al sistema de salud y entidades para los casos que así lo ameriten.

ü  Elaboración de materiales de sensibilización y capacitación para padres y docentes: diseño y montaje de cartillas, textos, plegables y demás materiales.

ü  Participación del Maestro de Apoyo en el Consejo Académico y en las Comisiones de Promoción y Evaluación donde sea requerido. En ellas el Maestro de Apoyo participará dando los reportes y recomendaciones que sean necesarios para la valoración del proceso de los estudiantes en condición de discapacidad y/o vulnerabilidad.

ü  Enlaces y Programas Interinstitucionales de Apoyo a la población Vulnerable:
Adicionalmente, la institución se dispone a recibir los acompañamientos e intervenciones que, la Secretaría de Educación y el MEN quieran brindar a través de convenios y servicios como los de la UAI , junto con otros proyectos y propuestas de intervención para poblaciones específicas que presentan altos grados de vulnerabilidad.La labor de la   Psicologa Melissa   

La aplicación de tales convenios y servicios, está suscrita a las contrataciones que establezca el ente territorial para tales fines y no son materia contractual independiente que pueda o deba cumplir la institución Educativa, mas allá de los convenios que la Secretaria de Educación autorice respectivamente y de acuerdo a las necesidades y posibilidades presupuestales de la Institución, no siendo estas materia obligatoria en todo caso, según el decreto 366 de febrero 9 de 2009.

La Maestro de Apoyo Pedagógico ha de ser agente de enlace para la coordinación de la prestación de estos servicio y/o en su defecto, en caso de que la Institución cuente con el servicio de planta de un Docente Orientador, será este quien ayude a coordinar estos servicios previa definición de responsabilidades discutida por el Comité de Inclusión. 




 [COCK1]Este protocolo falta ser adjuntado y avalado por La jefe del Proyecto de NEE de la Secretaría de Educación.

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