¡YO TAMBIÉN!

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La discapacidad está en los ojos de quien la ve, y no de quien la siente...PABLO PINEDA

lunes, 30 de mayo de 2011

PROCESO DE INGRESO AL PROGRAMA DE APOYO PEDAGOGICO

PROCESO DE INGRESO AL PROGRAMA DE APOYO PEDAGÓGICO  


Para el ingreso de estudiantes al programa se ha definido el siguiente grupo de criterios y procedimientos:


El Servicio de Apoyo Pedagógico es un programa que busca atender en primera instancia  al personal que puede ser caracterizado bajo los siguientes criterio, definidos por el Decreto 366 de Febrero 9 de 2009 en su artículo 2°:

“Se entiende por estudiante con discapacidad aquel que presenta un déficit que se refleja en las limitaciones de su desempeño dentro del contexto escolar, lo cual le representa una clara desventaja frente a los demás, debido a las barreras físicas, ambientales, culturales, comunicativas, lingüísticas y sociales que se encuentran en dicho entorno. La discapacidad puede ser de tipo SENSORIAL como sordera, hipoacusia, ceguera, baja visión y sordoceguera, de tipo MOTOR O FÍSICO, de tipo COGNITIVO como Síndrome de Down u otras discapacidades caracterizadas por LIMITACIONES SIGNIFICATIVAS EN EL DESARROLLO INTELECTUAL Y EN LA CONDUCTA ADAPTATIVA, o por presentar características que afectan su capacidad de comunicarse y de relacionarse como el SÍNDROME DE ASPERGER, el AUTISMO y la DISCAPACIDAD MÚLTIPLE”.

Se entiende entonces a partir de lo señalado por el decreto que, diagnósticos como la Hiperactividad o TDHA, la depresión, la epilepsia, entre otros cuadros clínicos NO SON CONSIDERADOS COMO DIAGNÓSTICOS válidos para el modelo de intervención de la Discapacidad. Igualmente ocurre en el caso de los Problemas de Aprendizaje: dislalias, digrafías, discalculias, disartrias, disfasias, los trastornos globales y específicos del aprendizaje, etc. NO SON CONSIDERADOS CONDICIONES DE DISCAPACIDAD. Es por ello que el modelo de intervención y las funciones del Personal de Apoyo no se centra en estas poblaciones.

Sin embargo, atendiendo al apartado del mismo párrafo citado que dice:   “…u otras discapacidades caracterizadas por LIMITACIONES SIGNIFICATIVAS EN EL DESARROLLO INTELECTUAL Y EN LA CONDUCTA ADAPTATIVA”, queda a criterio del Comité de Inclusión y del Personal de Apoyo definir qué estudiantes deberán ser caracterizados dentro de las categorías de  Limitaciones significativas en el desarrollo intelectual” y “Limitaciones significativas en la conducta adaptativa” dado su nivel de dificultad, sus diagnósticos y/o nivel de vulnerabilidad para alcanzar el éxito escolar. Estos estudiantes serán nombrados como Estudiantes con Barreras para el Aprendizaje” (EBAZ) y sus maestros y acudientes recibirán asesoría y apoyos para ayudar a estos estudiantes a superar sus dificultades.  



·        Todo estudiante que se matricule presentando un diagnóstico específico deberá ser ingresado de forma inmediata al programa de Acompañamiento Pedagógico, siendo registrado a la vez en el sistema de Matrícula en línea. La secretaría deberá remitir a los padres o acudientes con el certificado o diagnóstico médico al Maestro de Apoyo de la institución.

·        Todo estudiante que presente de forma evidente algún tipo de condición discapacitante, aunque no tenga un diagnóstico será ingresado y apoyado para poder obtener el certificado médico o valoración referida a su condición.  El maestro de grado será el responsable de hacer la remisión respectiva.

·        Al comienzo del año escolar, se dará los maestros directrices específicas para comenzar a detectar posibles casos de estudiantes que puedan tener dificultades. Cuando un docente considere que el estudiante deberá ser valorado, se requerirá que complete el formato de remisión. Las remisiones de estos casos se comenzarán a recibir a partir de la cuarta semana de clases (ANEXO 5). En ningún caso se recibirán estudiantes que no hayan sido presentados a través del formato de remisión respectivo el cual podrán reclamarlo al coordinador respectivo de su sección.

·        Las remisiones  no podrán estar referidas a problemas de comportamiento, sólo exclusivamente a problemas de aprendizaje o dificultades adaptativas al ambiente escolar.

·        Los problemas de comportamiento   deberán seguir su conducto regular con las estrategias establecidas en el Manual de Convivencia para tales casos. En el diálogo directo con los acudientes o familias el maestro de grado podrá recabar la información sensible que implique la necesidad o no de remitir el caso al Comité de Convivencia. Será el profesor junto con el coordinador respectivo quienes definirán la necesidad o no de hacer tal remisión anticipada asociada a la información sensible recabada en las entrevistas con los padres. Adicionalmente, si las condiciones comportamentales no mejoran y el caso llega en el debido proceso hasta el Comité de Convivencia, éste será el estamento encargado de considerar la necesidad o no de remitir el caso a valoración profesional de especialista y a definir las estrategias adicionales de intervención del caso según sea requerido. A través de este Comité de convivencia se canalizaran los instrumentos y estrategias a seguir con tales casos.

·        Si bien los problemas comportamentales no son considerados una condición discapacitante, la gravedad de tales problemas puede ser entendido en términos legales como “problemas severos de la conducta adaptativa”. Tales casos serán abordados por el programa de Apoyo Pedagógico una vez cumplido el debido proceso y una vez el caso haya sido definido como tal por el Comité de Convivencia. 

·        Todos los casos de estudiantes que lleguen con el diagnóstico de “Hiperactividad- Déficit Atencional” o “TDHA” hecho por un médico o especialista, serán incluidos en la lista respectiva de estudiantes con “otros diagnósticos” y sus acudientes deberán firmar el compromiso respectivo para Estudiantes con Barreras para el Aprendizaje (ANEXO 2). El maestro de grado deberá hacer la remisión específica con copia del diagnóstico. Sin embargo, dicho diagnóstico no deberá ser considerado como algún tipo de discapacidad, sino cómo una condición personal que estará bajo seguimiento y que será tenida en cuenta para los programas específicos que el estado o la institución diseñen, como mecanismos de intervención preventiva para tales casos. Para ellos, la institución aplicará el debido proceso de forma puntual, hasta el momento en que tales casos lleguen a la instancia del Comité de Convivencia donde se procederá a intervenir y a definir las estrategias necesarias y los correctivos que sean requeridos. 

·        Todos los estudiantes que presenten una condición de salud diagnosticada deberán reportar a la institución dicho diagnóstico con los soportes específicos. Esta información, si bien no constituye razón para ser considerados como en situación de discapacidad, será valorada en caso que el estudiante presente alguna dificultad significativa en su desempeño escolar.


A continuación se presenta el procedimiento que se debe cumplir para la caracterización de los estudiantes de la institución que se encuentren en condición de discapacidad, vulnerabilidad o con barreras para el aprendizaje.

            Pasos para personal administrativo


1)      Durante el proceso de convocatoria, inscripción y matrícula siempre se deberá solicitar a los acudientes, que presenten copia del reporte o diagnóstico emitido por el sistema de salud que atiende al estudiante, con los diagnósticos médicos respectivos. A la vez el personal administrativo deberá solicitar al acudiente que solicite una cita con el Maestro de Apoyo Pedagógico y coordine con Él una reunión para valorar el caso respectivo.
2)      Una vez recibido dicho diagnóstico por escrito, el mismo deberá ser entregado al Maestro del Servicio de Apoyo Pedagógico para su análisis inicial.
3)      El Maestro de Apoyo deberá presentar al Comité de Inclusión la relación de todos los casos reportados y el resultado de sus análisis e indagaciones.







            Pasos para los maestros


1)      Leer y aplicar los criterios de ingreso o remisión del apartado anterior.
2)      Recabar información sensible con el padre de familia o acudiente en torno a las características y condiciones de vida del estudiante.
3)      Completar el Formulario de Remisión y entregarlo en su defecto al Maestro del Servicio de Apoyo Pedagógico.
4)      Definir con el Maestro de Apoyo una visita de campo para observación del caso en el aula.
5)      El Maestro de Apoyo pasará a citar al acudiente del estudiante.
6)      El maestro que realizó la remisión sostendrá una  reunión de 30 a 40 minutos con el Maestro del Servicio de Apoyo Pedagógico para el análisis de caso y definición de estrategias a seguir.
7)      Definidas las estrategias se hará acompañamiento a la efectividad y ejecución de las mismas de forma periódica. Estos seguimiento pueden ser hechos por escrito por el mismo maestro de grupo y/o presenciales por el Maestro de Apoyo Pedagógico.
8)      En caso de requerirse ajustes curriculares, el maestro de Apoyo y el Maestro de Grado se reunirán a diseñar tales ajustes de forma periódica: al menos una vez por periodo. Copia de los ajustes curriculares realizados se pegarán en la hoja de vida del Estudiante.

            Pasos para los padres de familia o acudientes


Cuando un padre de familia exprese su deseo de que su  acudido sea valorado por el Servicio de Apoyo Pedagógico éste deberá:
1)      Solicitar al director de grupo considere el caso del estudiante o acudido para ser remitido y sustentar las razones de dicha motivación. De ser necesario puede emitir derecho de petición dirigido al maestro director de grupo.
2)      El maestro director de grupo atenderá la solicitud, valorará el caso y discrecionalmente, realizará remisión siguiendo los pasos descritos en el apartado anterior.
3)      El acudiente verificará que la solicitud haya seguido su curso. En caso contario solicitará justificación verbal o por escrito la cual emitirá el Maestro de grupo que denegó la solicitud. 
4)      En caso de no sentirse satisfecho con el tipo de decisiones tomadas, podrá solicitar se revise nuevamente su caso por parte del Comité de inclusión, el cual definirá en última instancia la situación del estudiante.




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